Los requisitos imprescindibles para celebrar una boda católica.

Los requisitos imprescindibles para celebrar una boda católica.

Tienes en mente como va a ser tu boda. Te ves luciendo un vestido de novia precioso en la iglesia junto a todos tus invitados, caminando al altar con tus zapatos de novia perfectos para la ocasión y con tu ramo de novia único. Sin embargo, aún no habéis empezado a tramitar la documentación del matrimonio en la parroquia. Este artículo os dirá todo lo que necesitaréis para prepararlo a tiempo.

1. Lo primero será pedir cita con el párroco para informaros

Según establecen la normas eclesiásticas, el párroco es la única persona competente para decidir qué tipo de documentos debéis entregar antes de celebrar vuestra boda religiosa, aunque en casi todas las diócesis los requisitos son los mismos. Será él quien se encargará de los trámites administrativos, de forma que cuando salgáis de la Iglesia ya estaréis legalmente casados.

¿Cuándo pedir la cita?
Lo normal es pedirla unos seis meses antes de la boda, si ambos pertenecéis a la misma diócesis. En cambio, si uno de los dos procede de otro lugar es aconsejable hacerlo con mayor antelación. Los documentos del expediente matrimonial han de tener menos de seis meses desde la fecha de expedición hasta el día de la boda.

2. Documentos necesarios para la tramitación del expediente matrimonial

Los documentos para celebrar una ceremonia religiosa son los siguientes:

  • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de cada uno de los miembros de la pareja.
  • Partida de bautismo de los dos cónyuges (se puede pedir en la parroquia donde os bautizaron).
  • Certificado literal de nacimiento de cada uno de los novios (solicitar en el Registro Civil de la localidad donde nacisteis).
  • Certificado de fe y estado (se solicita en el Registro Civil).

Además, algunas parroquias pueden exigir otros documentos, como el certificado o justificante de haber asistido a un cursillo prematrimonial.

3. Cursillos prematrimoniales

En vuestra parroquia os informarán sobre el calendario de los cursillos. Es importante hacerlo con antelación (unos seis meses antes de la boda) y recordad que el cursillo se puede realizar en cualquier parroquia, no necesariamente donde vayáis a casaros.

Son una serie de charlas para recibir una preparación espiritual, al finalizar se os entregará un certificado que se adjunta al expediente matrimonial.

4. ¿Los testigos son los mismos que en una ceremonia civil?

No. En la boda religiosa se necesitan dos tipos de testigos: los de la toma de dichos y los propios de la ceremonia.

Los primeros que se escogen son los testigos de la toma de dichos, que deben visitar al párroco unos tres meses antes de la boda. No deben ser familiares de los contrayentes, mayores de edad y deben conocer muy bien a los novios. A estos testigos se les pregunta cuánto tiempo hace que son amigos de la pareja y otras cuestiones destinadas a comprobar que la unión se hace solo por amor.

Los testigos de la ceremonia pueden ser los mismos que los de la toma de dichos. Pero no tiene porqué ser así. Suelen ser familiares o amigos, mayores de edad más y dos como mínimo. 

Espero que con esta información puedan empezar su expediente matrimonial cuanto antes.

Un abrazo

Marta y Gisela 

 

Créditos de las fotos: Elena Bau

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